Visas H-2A y H-2B: Trabajadores Temporales

Los trabajadores temporales H-2A y H-2B juegan un papel esencial en la economía y la seguridad alimentaria de los Estados Unidos. El requisito de entrevista en persona ha sido exonerado para ciertos solicitantes de visa de no inmigrante de empleo temporal que tienen una petición aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. Los solicitantes H-2 que hayan recibido por lo menos una visa H-2A o H-2B en los últimos 48 meses podrían no requerir una entrevista.

Los solicitantes que sí requieran una entrevista deben seleccionar una fecha de cita a través de la página Web del Servicio de información y citas de visa.  Si el día y la hora seleccionados no le permitirán una llegada puntual a los Estados Unidos, los solicitantes pueden pedir un adelanto de cita seleccionando la opción “Solicitar adelanto de cita”.  La presentación de una solicitud de adelanto de cita no garantiza la aprobación de esta.

Trabajadores Agrícolas Temporales H-2A: La visa H-2A permite a los empleadores estadounidenses traer ciudadanos extranjeros a los Estados Unidos para ocupar puestos agrícolas temporales, para los cuales los trabajadores estadounidenses no están disponibles.  Los solicitantes pueden trabajar en empleos temporales en agricultura, construcción, silvicultura y muchos otros tipos de industrias.

Trabajadores Temporales No Agrícolas H-2B: el programa permite a los empleadores o agentes estadounidenses que cumplen con requisitos reglamentarios específicos traer ciudadanos extranjeros a los Estados Unidos para ocupar empleos temporales no agrícolas. El empleador de EE. UU., o los agentes de EE. UU. descritos en las regulaciones, deben presentar el Formulario I-129, Petición de trabajador no inmigrante, en nombre de un posible trabajador.

Para los empleadores que deseen solicitar un Trabajador Temporal H-2, sírvanse visitar la página web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos.

Para que los solicitantes puedan solicitar una visa H-2 en la Embajada de Los Estados Unidos en Tegucigalpa, tanto el Departamento de Trabajo como el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos, deben haber aprobado una petición I-129 y un certificado de trabajo de su empleador.  USCIS le enviará un Formulario I-797B indicando que la petición ha sido aprobada.  Luego, debe llenar el formulario electrónico DS-160, solicitud de visa de no inmigrante, y programar una entrevista personal en la Embajada de los Estados Unidos en Tegucigalpa, y/o enviar sus documentos a través de Cargo Expreso, solicitando una visa a través del proceso de exención de entrevista.  Para mayores detalles revisar la siguiente sección “Instrucciones para el Proceso de Solicitud de Visas H-2”.

Proceso de entrega de solicitudes para el Ministerio de Trabajo y otros grupos

 

Paso 1.  Completar la solicitud electrónica de visa de no inmigrante DS-160.  El DS-160 es un formulario en línea del gobierno de los Estados Unidos.

Paso 2.  Ir al sitio web www.ustraveldocs.com:

  1. Crear un perfil.
  2. Agregar la información y completar el registro.
  3. Ingresar el número de confirmación del DS-160.
  4. Seleccionar una agencia de Cargo Expreso donde desea recoger sus documentos.
  5. Pague la tarifa de solicitud de visa de no inmigrante (MRV). Se puede pagar en línea o de manera presencial en Banco Atlántida.

Paso 3.  Luego, se le indicará que programe una cita o envíe sus documentos directamente si no se requiere una entrevista.

Paso 4.  Reunir todos los documentos necesarios:

  • Copia del formulario I-797B Notice of Action – Approval notice.
  • Hoja de confirmación del DS-160 con el código de barras.
  • Pasaporte Hondureño con un mínimo de seis (6) meses de validez.  Pasaportes anteriores con visas (si los tuviera).
  • Una foto a color con fondo blanco, tamaño 2X2 pulgadas.
  • Extensiones de USCIS – si recibió alguna extensión de visa H-2A o H-2B mientras trabajó en los Estados Unidos anteriormente.

Paso 5.  Comuníquese con tggh2@state.gov para programar su cita de entrega. El coordinador del grupo recibirá un correo electrónico con la fecha y hora de entrega y las instrucciones a seguir. El tiempo de procesamiento es de dos días después de recibir los pasaportes y documentos.

Paso 6: El coordinador del grupo recibirá un correo electrónico notificándole que los pasaportes estarán listos para ser recogidos de lunes a jueves a las 2:00 pm y viernes a las 11:00 am. El coordinador del grupo vendrá a la Embajada a recoger los pasaportes y visas.

Para obtener más información, vaya a Citas de Grupo.

Proceso de Solicitud para solicitantes individuales

 

Paso 1.  Completar la solicitud electrónica de visa de no inmigrante DS-160.  El DS-160 es un formulario en línea del gobierno de los Estados Unidos que sólo puede ser completado en https://ceac.state.gov/CEAC.

Paso 2.  Ir al sitio web www.ustraveldocs.com:

  1. Crear un perfil.
  2. Agregar la información y completar el registro.
  3. Ingresar el número de confirmación del DS-160.
  4. Seleccionar una agencia de Cargo Expreso donde desea recoger sus documentos.
  5. Pague la tarifa de solicitud de visa de no inmigrante (MRV). Se puede pagar en línea o de manera presencial en Banco Atlántida.

Paso 3.  Luego, se le indicará que programe una cita o envíe sus documentos directamente si no se requiere una entrevista.

Paso 4.  Reunir todos los documentos necesarios:

  • Copia del formulario I-797B Notice of Action – Approval notice.
  • Hoja de confirmación del DS-160 con el código de barras.
  • Pasaporte Hondureño con un mínimo de seis (6) meses de validez.  Pasaportes anteriores con visas (si los tuviera).
  • Una foto a color con fondo blanco, tamaño 2X2 pulgadas.
  • Extensiones de USCIS – si recibió alguna extensión de visa H-2A o H-2B mientras trabajó en los Estados Unidos anteriormente.

Paso 5.  Dejar los documentos en la agencia de Cargo Expreso más cercana.

Nota:

Si usted es elegible para la renovación de visa sin una entrevista, se le solicitará enviar sus documentos directamente luego de completar la solicitud de visa en línea.

 

Las visas de Trabajadores Temporales H-2 son visas basadas en peticiones.  Esto significa que el empleador en los Estados Unidos debe obtener un certificado de trabajo temporal del Departamento de Trabajo de Los Estados Unidos y recibir la aprobación (I-797) de USCIS, antes de programar una cita de visa para sus trabajadores.

 

Paso 1.  El peticionario envía la solicitud de certificado de trabajo temporal al Departamento de Trabajo (DOL, por sus siglas en inglés).  El peticionario debe solicitar y recibir del DOL un certificado de trabajo temporal para trabajadores H2A o H2B. Para mayor información sobre el proceso para solicitar un certificado de trabajo temporal, por favor diríjase al Foreign Labor Certification, página web del Departamento de Trabajo

 

Paso 2.  El peticionario envía el Formulario I-129 a USCIS.  Luego de recibir un certificado de trabajo temporal de DOL, el peticionario debe presentar el Formulario I-129, Petición de trabajado de no inmigrante ante USCIS.  Para mayor información sobre procesos de petición ante USCIS, por favor refiérase a la página web de USCIS para visa de Trabajadores Temporales.

 

Paso 3.  Los trabajadores solicitan una visa ante el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) en la Embajada de los Estados Unidos.  Cuando el peticionario reciba la Notificación de Aprobación (I-797B) de USCIS indicando que la petición ha sido aprobada, debe programar una cita de entrevista para los trabajadores en la Embajada de Los Estados Unidos.  En Honduras, todas las solicitudes H-2A y H-2B son adjudicadas en la Embajada de Los Estados Unidos en Tegucigalpa.  Los solicitantes necesitarán la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante DS-160, el pago del recibo por $190 dólares y un pasaporte vigente (ver más arriba instrucciones para solicitantes de visa H-2).

 

Las citas para la visa H-2 se solicitan en la página web www.ustraveldocs.com.  Esta página web permite a los solicitantes y/o peticionarios programar sus citas, añadir sustitutos, y cambiar las fechas de entrevista, de ser necesario.

 

Paso 4Los trabajadores reciben sus visas y buscan admisión a los Estados Unidos por algún puerto de entrada, ante la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés).

 

Información importante sobre los requisitos de salida: Admit Until Date (AUD)

 

Portadores de visas H-2 sólo están permitidos de permanecer en los Estados Unidos por el período de tiempo determinado por CBP.  Luego de ingresar a los Estados Unidos con una visa H-2A o H-2B, el trabajador temporal recibe un I-94 electrónico con una fecha de admisión válida por un tiempo determinado (AUD).  El trabajador debe salir de los Estados Unidos antes que su AUD expire.  Para más información, revise la página de CBP en  Arrival/Departure Forms: I-94 and I-94W.

 

Recuerde que cuando los trabajadores permanecen en los Estados Unidos después de su fecha de AUD sin una extensión válida, se los considera fuera de estatus.  Para los solicitantes, permanecer en los Estados Unidos más allá del tiempo autorizado podría afectar negativamente las futuras solicitudes de visa.  Los empleadores deben asegurarse de que sus trabajadores cumplan estrictamente con las fechas AUD asignadas.

¿Dónde puedo solicitar una visa H-2A / H-2B?  Las solicitudes de visa H-2A o H-2B sólo se reciben y procesan en la Embajada de los Estados Unidos en Tegucigalpa.

¿Cuál es el tiempo de procesamiento para que un trabajador H-2A o H-2B obtenga una visa de no inmigrante?  Tiempos de procesamiento esperados (desde la creación de la cuenta en el sitio webwww.ustraveldocs.com hasta la entrega del pasaporte con la visa aprobada): para los solicitantes de visa H-2A o H-2B que aplican por primera vez, aproximadamente 2 días.  Para renovaciones (sin entrevista) utilizando el servicio de mensajería: nuestro objetivo es completar el procesamiento en 4 días.

¿Es más rápido para un trabajador H-2A o H-2B obtener una visa si ha trabajado en los Estados Unidos en años anteriores?  Sí.  Bajo los tiempos de procesamiento actuales, un trabajador puede recibir su visa antes si es elegible para una renovación de visa (exención de entrevista).  Consulte los tiempos de procesamiento líneas más arriba.

Como empleador, ¿hay alguna forma de saber si a nuestro trabajador se le otorgó una visa H-2A o H-2B?  Un empleador puede verificar el estado del caso en la página web CEAC (state.gov)

¿Pueden los empleadores visitar la Embajada de los Estados Unidos en Tegucigalpa?  Debido a las restricciones de COVID-19, no es posible visitar la Embajada de los Estados Unidos en Tegucigalpa.  Sin embargo, un empleador puede enviarnos un correo a tggh2@state.gov para consultas específicas.

¿Qué necesita el trabajador o trabajadora para demostrar que saldrá de los Estados Unidos cuando su contrato esté completo?  Los funcionarios consulares deben considerar una variedad de factores para determinar si el solicitante califica para la emisión de una visa según la Ley de Inmigración de los Estados Unidos.  El solicitante debe demostrarle al funcionario consular que utilizará la visa para el propósito previsto y que regresará a su país de residencia después de la conclusión de una visita temporal a los Estados Unidos.

¿Si un trabajador no recibe una visa H-2A o H-2B, es posible que el empleador averigüe por qué se le negó?  Según la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), Sección 222 (f), los registros del Departamento de Estados Unidos relacionados con las decisiones de visa son confidenciales.  Por lo tanto, no se puede proporcionar información a terceros sobre un solicitante de visa en particular.

¿Qué sucede si nuestro trabajador falta a su entrevista por un imprevisto, como un accidente de automóvil o alguna otra razón válida?  Un solicitante que falte a una cita deberá reprogramar su cita a través del Call Center.   Se permite reprogramar una cita hasta un máximo de tres (3) veces, a excepción de las visas canceladas directamente por el Consulado.

¿Es posible solicitar una cita urgente de emergencia?  Sí, es posible solicitar un adelanto de cita con una justificación razonable.  Para solicitar un adelanto de cita, debe ingresar a su cuenta en el sitio web www.ustraveldocs.com y seleccionar “adelanto de cita”.  Complete toda la información requerida para poder solicitar el adelanto de cita.  Se le notificará cuando su solicitud haya sido aprobada o rechazada.  La presentación de una solicitud de adelanto de cita no garantiza su aprobación.

¿Por qué me rechazaron según INA 221(g)?  ¿Qué es el “trámite administrativo”?  Si a un solicitante se le niega como 221(g), esto significa que el funcionario consular no tenía toda la información o los documentos necesarios para procesar la solicitud hasta su conclusión.  El solicitante recibirá una carta que describe lo que está pendiente al final de la entrevista.  Una vez que el solicitante presente la información requerida de manera oportuna, el oficial consular reanudará la adjudicación de la visa.  El solicitante no necesita volver a aplicar para la visa.

Con el programa de visas H-2, usted tiene los mismos derechos que todos los trabajadores en los Estados Unidos.  Se le debe pagar a tiempo, recibir un pago adicional por las horas extraordinarias, recibir un trato profesional y equitativo de su empleador y recibir una vivienda limpia e higiénica.  El día de su entrevista para la visa, recibirá un folleto con un número gratuito para llamar en caso de que sienta que lo maltratan.  Informe el maltrato de inmediato – el informe es 100% confidencial y los operadores hablan español.

 

 

 

CÓMO VERIFICAR QUE SU OFERTA DE TRABAJO ES LEGÍTIMA

 

Señales de que su oferta de trabajo pudiera no ser legítima:

 

  • El reclutador cambia constantemente la fecha de la cita en la Embajada o la fecha de salida para los Estados Unidos.
  • El reclutador no puede explicar claramente los costos de la solicitud.
  • El reclutador solicita pagos adicionales que “garantizan” la emisión de la visa o una entrevista con un funcionario específico en la Embajada de los Estados Unidos.
  • El reclutador no proporciona detalles sobre el trabajo (nombre de la empresa, ciudad y estado del lugar del trabajo, lista de responsabilidades laborales, información salarial o duración del contrato).

 

Para mantener un proceso de visa que sea justo y equitativo para todos los solicitantes, tenga en cuenta lo siguiente:

  • No se paga ninguna tarifa a nadie que garantice la emisión de una visa.
  • Nadie debe cobrar por una recomendación de trabajo; eso es ilegal en los Estados Unidos.
  • Si alguien intenta cobrar dinero por una recomendación de trabajo, comuníquese inmediatamente con la Unidad de Prevención de Fraudes al correo fpuhonduras@state.gov.
  • La presentación de la solicitud de visa de no-inmigrante (DS-160) es gratuita.
  • Ninguna tarifa garantizará una fecha, hora o resultado específico de la cita.
  • Sea sincero durante la entrevista; no acepte consejos para engañar al funcionario consular.  Engañar o mentir podría resultar en una inelegibilidad permanente para una visa bajo la ley de inmigración de los Estados Unidos.
  • Sólo las personas que solicitan visas pueden ingresar a la Embajada.

 

LOS TRABAJADORES TEMPORALES ESTÁN PROTEGIDOS POR LA LEY WILBERFORCE

 

No tenga miedo de denunciar cualquier actividad fraudulenta que le afecte personalmente o que pueda presenciar le está ocurriendo a alguien más.  Puede ayudar a evitar que usted, su familia o sus amigos sean víctimas de fraude comunicándose con nuestra Unidad de Prevención de Fraudes al correo fpuhonduras@state.gov. Nuestro personal habla español y la comunicación es confidencial.

 

Para obtener más información sobre los derechos de los trabajadores H-2A en los Estados Unidos, lea los folletos sobre las protecciones de Wilberforce vinculados aquí:

 

También puede encontrar esta información visitando: https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/temporary-workers.html.

 

Recuerde que el trabajador temporal H-2 tiene derecho a: 

  • Recibir un pago justo, incluso si se le paga a destajo.
  • Estar libre de discriminación.
  • Estar libre de acoso y explotación sexual.
  • Tener un lugar de trabajo seguro y saludable.
  • Solicitar ayuda de grupos sindicales, de inmigrantes y de derechos laborales.
  • Dejar una situación laboral abusiva.
  • Nunca tener que pagar honorarios a un reclutador de mano de obra.
  • Recibir una oferta de trabajo por escrito en un idioma que comprenda. Esta debe contener información detallada sobre los salarios, la duración del trabajo, las horas, los beneficios (incluyendo transporte, vivienda y comida o las instalaciones para prepararla) y cualquier deducción de su cheque de pago.

 

Información adicional para Trabajadores Temporales H-2:

  • Su empleador debe proporcionar o pagar su subsistencia diaria y el transporte de ida y vuelta desde su hogar al lugar de empleo o reembolsarle los costos que sean razonables una vez que complete la mitad de su contrato de trabajo. Una vez que complete su contrato de trabajo, su empleador debe proporcionarle o pagarle el transporte de regreso y la subsistencia diaria desde el lugar de empleo hasta el lugar desde el cual partió para trabajar para el empleador. Es posible que su empleador tenga que reembolsarle los costos de su viaje de ida y de la solicitud de visa en la primera semana laboral, si el resultado de su salario menos sus gastos, es menor que el salario mínimo de los EE. UU. Su empleador también debe cubrir el transporte desde la vivienda proporcionada por su empleador hasta el lugar de trabajo sin cargo para usted.
  • Está exento de los impuestos del Seguro Social y Medicare de los EE. UU. como compensación pagada por los servicios prestados en relación con su visa H-2.
  • Generalmente, su empleador debe ofrecerle empleo por un número total de horas igual a al menos 3/4 de los días laborales en el período del contrato.

 

 

 

 

VISITE ESTOS SITIOS WEB PARA OBTENER MÁS INFORMACIÓN SOBRE:

  • Su derecho a recibir un pago justo, incluyendo cómo presentar una queja salarial. Encuentre información sobre cómo presentar una queja ante el Departamento de Trabajo: Cómo presentar una queja.
  • Su derecho a unirse a otros trabajadores para mejorar su salario o sus condiciones laborales, incluyendo cómo presentar una demanda: nlrb.gov.
  • Sus derechos de seguridad en el lugar de trabajo, o si cree que su trabajo no es seguro y desea solicitar una inspección: osha.gov.
  • Cómo obtener salarios impagos de su empleadordol.gov/wow.
  • Su derecho a no sufrir discriminación debido a su estado de ciudadanía y a presentar una queja por discriminación: justice.gov/crt/filing-charge.
  • Igualdad; y su derecho a no sufrir discriminación en el trabajo debido a su raza, color, religión, sexo (incluyendo embarazo), origen nacional, edad (40 años o más), discapacidad o información genética, y a presentar una demanda por discriminación: eeoc.gov.
  • Prevenir la trata de personasstate.gov/j/tip
  • Sus derechos, obligaciones y exenciones con respecto al seguro médicohealthcare.gov (inglés) y ayudalocal.cuidadodesalud.gov (español).