Perdones

  • Perdón I-601A
    El perdón I-601A es un perdón provisional por motivos de inadmisibilidad de la presencia ilegal conforme a la Ley de Inmigración y Nacionalidad Sección 212(a)(9)(B), antes de salir de los Estados Unidos para presentarse en una Embajada o Consulado de los EE. UU. para una entrevista de visa de inmigrante. Para solicitar el perdón I-601A, visite el sitio web de USCIS.

    ***El perdón I-601A es condicional. Si tiene cualquier otra inelegibilidad, este perdón ya no es válido. Debe solicitar un nuevo perdón.

    Para los aplicantes que tengan el perdón I-601A aprobado o pendiente:
    Si el peticionario o el co-aval no cumplen los requisitos financieros al momento en que el aplicante se presenta a su entrevista en la Embajada Americana en Tegucigalpa, el perdón I-601A será invalidado. Es muy importante que el peticionario o el co-aval cumplan los requisitos financieros. Lea la Guía de Pobreza. Esta es una de las maneras en las que puede calificar como patrocinador. La tercera columna presenta los ingresos requeridos.

    Por ejemplo:
    el patrocinador está casado con 2 hijos = 4 personas + 1 beneficiario = 5 personas. Compruebe la línea de ingresos para 5 personas.

 

  • Perdón I-601
    El Perdón I-601 es un perdón con ciertos motivos de inadmisibilidad. Para obtener un perdón (Formulario I-601), deberá solicitarlo a través del sitio web de USCIS.

 

  • Perdón I-212
    El perdón I-212 es un perdón para reingresar y volver a solicitar admisión en los Estados Unidos después de una deportación. Para obtener un permiso de reingreso (Formulario I-212), deberá solicitarlo a través del sitio web de USCIS.